Haciendo un notorio seguimiento a la JEP(Jurisdicción Especial para la Paz) notamos que los magistrados sólo pueden hacer tres tipos de sanciones: Las propias, las alternativas y las ordinarias, en las cuales según la ley son imputadas a personas vinculadas a delitos del conflicto armado. Cabe resaltar que este tipo de sanciones promueven la reconciliación, después de una "exhaustiva" investigación, es por ello que varios políticos implicados en casos de parapolítica prefieren ser juzgados por la JEP para que las penas no sean carcelarias. La JEP debe encargarse de investigar bien lo casos porque no pueden poner a todos lo hampones que le han hecho daño al país a pagar penas como el indulto y la amnistía.
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